Recientemente, el Juzgado Central de Instrucción Nº 006, en su Auto JCI 6 – 23-3-2022, resolvía sobre la potencial condición de investigado de Caixabank. En este caso, el Magistrado explicaba el porqué de su no investigación y su razonamiento sobre la importancia de los controles a partir del Auto del Juzgado Central.

Responsabilidades a la persona jurídica

El Juzgado Central, en la citada resolución, establece que “tampoco puede exigirse responsabilidad a la persona jurídica por la mera comisión por alguno de sus directivos”. De manera que, para que la persona jurídica sea condenada, precisa:

  • La comisión de uno de los delitos previstos en la parte especial del Código Penal, tal y como contempla el artículo 31 bis del Código Penal.
  • El delito sea cometido por una de las personas en dicho precepto mencionadas.
  • Verificar que las medidas de prevención podrían haber evitado su comisión.

Por lo tanto, no solo se trata de acreditar que no existía un sistema de prevención que impidió la comisión del delito; sino que deberán establecerse qué medidas concretas podrían haber evitado precisamente la comisión del delito investigado.

A raíz de esta resolución, el Juzgado Central asienta las bases para la atribución de la condición de investigado a las personas jurídicas. Siendo la cuestión más relevante, la necesidad de acreditar la deficiencia de los controles identificados para la mitigación del riesgo.

La herramienta definitiva para una verificación automática

Es por eso por lo que Compaas, la herramienta definitiva del Compliance Officer, ofrece la posibilidad de asignar responsables a los controles para su verificación de forma automática. Además, permite dejar un registro sobre el desempeño de cada uno de ellos; garantizando la trazabilidad y la monitorización de los controles o medidas implantadas por la organización. De manera que, ante una potencial materialización de un riesgo penal en la organización, se podrá dilucidar el régimen de responsabilidades en la misma.